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Así es la nueva ley del teletrabajo, ¿cómo adaptarte con éxito?

El teletrabajo es una realidad que el Gobierno ha reconocido recientemente por Decreto-Ley 28/2020 de trabajo a distancia, como consecuencia del impulso dado por el Coronavirus.

La precaria situación laboral en España, unida a la pandemia de COVID-19, ha acelerado la necesidad de impulsar los procesos de globalización y digitalización. Y, también, el uso de fórmulas eficaces de incremento de la productividad que aumenten la calidad en el empleo y reduzcan la existencia de brechas profesionales.

¿Cuándo entra en vigor la nueva ley del teletrabajo? El decreto es de aplicación a partir de la segunda semana de octubre y da un plazo de un año para que las empresas se adapten. Aplica en los supuestos de trabajo a distancia de más de un 30% de la jornada en un periodo de referencia de tres meses. Esto supone una media de, al menos, un día y medio a la semana.

Básicamente, busca crear un marco sobre las condiciones laborales de los teletrabajadores compaginando las necesidades de flexibilidad y seguridad que son comunes a éstos y a las empresas. Así, este decreto del teletrabajo otorga a los trabajadores a distancia la misma protección global que a los que ejercen sus actividades en los locales de la empresa.

Ventajas y desventajas del teletrabajo

Si algo caracteriza al teletrabajo es su dependencia de los medios y sistemas informáticos, telemáticos y de comunicación. Por tanto, en la situación actual, tener dispositivos portátiles preparados para trabajar en remoto y colaborar con todo el equipo con la máxima seguridad y agilidad es clave para reducir el impacto de las medidas de contención y restricciones a la actividad productiva.

El uso adecuado y seguro de estas herramientas beneficia a todos los actores involucrados:

  • Desde el punto de vista de la empresa, el trabajo a distancia permite más eficiencia y especialización, la reducción de costes en oficinas y el aumento de la productividad. Además, dota de flexibilidad en la gestión de tiempos de trabajo, favorece el compromiso del trabajador y la retención del talento, y reduce el absentismo.
  • Desde el punto de vista del trabajador, esa misma flexibilización permite un enorme grado de autoorganización que mejora la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. De esta manera, aumenta su calidad de vida y se ahorran costes en desplazamientos.
  • También existen efectos positivos desde el punto de vista social. Esta modalidad de trabajo desvincula o deslocaliza a la persona trabajadora de un lugar concreto, y le ayuda a fijar su domicilio en el territorio con especial incidencia en el crecimiento de áreas rurales. Se mejora así el desempeño ambiental al evitar miles de desplazamientos. Esto redunda en una disminución de la contaminación y, con carácter general, incrementa las posibilidades de empleo.

Sin embargo, el teletrabajo también presenta desafíos importantes a abordar:

  • Brechas de seguridad al usar dispositivos personales o profesionales insuficientemente protegidos o desactualizados.
  • Falta de control de inventario de dispositivos, diferencias en su maquetación y en la gestión del ciclo de vida. Estos tres puntos provocan desigualdades en la productividad y la eficiencia de los equipos, impidiendo que los empleados trabajen en igualdad de condiciones.
  • Necesidad de regulación del derecho a la intimidad y a la protección de datos.
  • Tener en cuenta la prevención de riesgos laborales en aspectos tales como el estrés derivado de una conectividad digital permanente o condiciones ergonómicas del trabajador.
  • Satisfacer las necesidades formativas.
  • Posibles situaciones de aislamiento laboral o el traslado a la persona trabajadora de costes de la actividad productiva.

¿Cómo adaptarse a la ley de teletrabajo con éxito?

En la situación actual es necesario que las empresas puedan continuar con su actividad, estén donde estén sus trabajadores.  Necesitan adaptarse rápidamente a la nueva situación, a través de una batería de herramientas que permitan mantener la actividad productiva, dando cumplimiento a los derechos y las obligaciones previstas en la ley del teletrabajo, tales como:

  • Derecho del empleado a la dotación y mantenimiento adecuado por parte de la empresa de todos los medios, equipos y herramientas necesarios para el desarrollo de su actividad (artículo 11).
  • La atención precisa en caso de dificultades técnicas (artículo 11).
  • Control y flexibilidad horaria (artículo 13, 14 y 18).
  • Facilitar la implantación de medidas que garanticen la seguridad de la Información y la protección de los datos personales (artículo 20).
  • Permitir a la empresa aplicar sus funciones de vigilancia y control por vía telemática, siempre con pleno respeto a la dignidad de los trabajadores y con las limitaciones legales existentes (artículo 22).
  • Facilitar el derecho a la formación (artículo 9)

Derivado de la ley y de la democratización del teletrabajo, ya es imprescindible contar con un amplio despliegue de equipos portátiles adecuadamente protegidos. Estos deben incluir una suite de herramientas de comunicación y trabajo siempre actualizadas que permitan la relaciones internas y externas.

Y, quizás lo más importante, también debemos disponer, por una parte, de un servicio de gestión del ciclo de vida del dispositivo, desde que se da de alta y se entrega al empleado hasta el bloqueo del equipo por baja o pérdida del dispositivo, y que incluya las actualizaciones automáticas de apps de trabajo y seguridad. Y, por otra, es necesario un servicio de atención continua al usuario para resolver posibles incidencias.

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Pedro Baquero

Pedro Baquero

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